Desde este blog se pretende difundir la historia, el arte, la cultura y la naturaleza de la villa y del valle de Echo, uno de los enclaves pirenaicos de Aragón, más hermosos y dinámicos. Su pasado, presente y futuro merecen la pena conocerse y compartirse. Con mi admiración , cariño y la mayor modestia.

domingo, 11 de febrero de 2018

AÑO 1669. ECHO. EL LITIGIO POR UN HUERTO



Las relaciones entre vecinos sufren a menudo conflictos y roces derivados de la interpretación que hacen de sus derechos y propiedades cuando éstos colisionan. Esto ha sido así en todos los tiempos y seguirá ocurriendo. Hoy subo al blog uno de ésos conflictos, eso sí, lejano, nada menos que de año 1669 sucedido en la villa de Echo, y que tiene que ver con la propiedad de un huerto.

De nuevo aparecen apellidos que siguen teniendo su prolongación en Echo en nuestros tiempos, y así mismo tengo que agradecer otra vez a mi amigo Javier Regla, buscador de historias, el documento aportado que se encuentra en el Archivo Histórico Provincial de Huesca y su transcripción.


El 25 de febrero de 1669 se reúnen en Echo ante los jurados de la villa (equivaldrían actualmente a los concejales más o menos) y ante el notario, Juan Martinez y Juan de Poto (¿Potoc?) cantero, como visores (peritos diríamos actualmente) para resolver una diferencia y pretensión que Juan Terren y Domingo Xironza (Gironza) tienen sobre un patio o huerto de Juan Terren que está a espaldas de la casa de Domingo Xironza.

Maestro cantero
Aquí el conflicto. Xironza considera que tiene derechos de paso por el huerto, lo que le niega Terren, pero tienen el buen criterio de someterse a la intermediación de dos canteros, visores, que emiten su dictamen al respecto:

Tras prestar juramento, los visores relatan que "visto con todo cuydado el dicho guerto no se le hace ningun agrabio a Domingo Xironza  conque el dicho Juan Terren puede ussar y hacer de dicho patio en la conformidad que ahora está. Y que el dicho Xironza no puede pretender passo en el dicho patio o guerto. Y que esta relacion hacen según arte de cantería y en virtud del juramento por ellos prestado".

Documento citado. Foto J. Regla
Los jurados, ante el dictamen, "condenan en las costas y gastos de los visores y el drecho que ellos hubieran por dicha declaracion y en la paga de este acto al dicho Domingo Xironza , y mandaron hacer execucion privilegiadamente para la cobranza de lo dicho en los bienes y hacienda de Domingo Xironza" . El que pierde paga, y además con rapidez.

Son testigos de éste acto, Tomás Fonz y Juan Navarro habitantes en Echo.

Problema resuelto. Y para contextualizar la época recordaremos que en aquel año de 1669 era Virrey de Aragón, D. Juan de Austria, el hijo bastardo (tuvo 26) más famoso del rey Felipe IV que ya había fallecido y reinaba en España como regente su viuda Mariana de Austria que lo haría durante diez años hasta que pudo reinar (brevemente) su hijo Carlos II, al que conocemos como el Hechizado.

D. Juan de Austria
Mariana de Austria







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