Como fue habitual durante siglos, muchos oficios se aprendían al lado de un artesano u oficial con amplios y reconocidos conocimientos que se avenía a ello y aceptaba un aprendiz, fámulo o mancebo acordando con la familia del, normalmente joven, las condiciones de la enseñanza que quedaban plasmadas en una capitulación o contrato.
Hoy traemos al blog, uno de ésos contratos, el establecido por el hermano mayor de un joven de Jaca, con el apotecario (boticario) de Echo, para que éste le enseñe el oficio.
El documento, fechado el 9 de marzo de 1673 en la villa de Echo ante notario y testigos, dice que..."comparecen Juan Tomas de Latas, pelaire (oficio relacionado con la lana, desde el esquilado al lavado e hilado de la misma) vecino de la ciudad de Jacca, y Sebastián de Latas, mancebo (joven soltero) hermano del dicho Juan Tomas de Latas el qual dixo que afirmaba y ponia bajo la custodia y obediencia de Diego Vélez , apotecario residente en la villa de Hecho al dicho Sebastian de Latas su hermano para fin y efecto de que le sirva y el dicho Velez le enseñe el oficio y arte de Apotecario por tiempo de seys años que principian a correr desde el día de oy".
Pues aquí tenemos un contrato de aprendizaje, nada menos que del siglo XVII, para los que se creen que lo han inventado recientemente. Sebastián trabajará (que le sirva) para el boticario, y éste a cambio le enseñará el oficio.
Por cierto, el boticario Diego Vélez o Bélez, es ya un viejo conocido, que en el momento de éste acuerdo ya llevaba ejerciendo como apotecario en Echo, nada menos que 19 años, como podemos deducir del contrato firmado con el Concejo de Echo en 1654 y que se puede consultar en nuestra entrada del (7 de noviembre de 2015. Pulsar aquí, para acceder a ella).
Pero el contrato, estipula más cosas: el hermano mayor se compromete a que si el aprendiz abandona la casa (vamos, si se escapa) y compañía de Diego Vélez "a bolverle a su costa y expensas" y en caso de que no lo pudiera devolver prontamente "haia de pagarle el gasto que hubiere hecho Diego Vélez en darle de comer hasta entonces". También correrán por cuenta del hermano mayor, "durante los seys años vestir y calçar al dicho su hermano".
Los intervinientes se obligan a cumplir lo que les toca en la capitulación y Diego Vélez "a darle de comer, beber, estando sano y fenezidos los seys años darle un bestido de paño fino de a treze reales y en dicho tiempo enseñarle el arte de apotecario".
Fueron testigos del acuerdo Pedro Antonio Escobar y Jusepe Soler residentes en la ciudad de Jacca.
Nos hubiera gustado saber si Sebastian terminó su formación satisfactoriamente y dónde ejerció como apotecario. El documento se encuentra en el Archivo Histórico Provincial y ha sido aportado, como es habitual, por el cazador de historias chesas, Kiko Regla.
Documento original del contrato |
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