Tras
unas semanas de descanso del blog, comienzo de nuevo la temporada con
un documento del Archivo Histórico Provincial de Huesca, aportado
como es habitual por mi amigo Javier Regla. El documento como se
verá, recoge la liquidación y pago de una deuda entre dos vecinos
de Echo, pero tiene la singularidad de hacerse mediante la entrega de
una curiosa herencia. Es de destacar, como en otras ocasiones, los
apellidos de algunos de los protagonistas, que perduran todavía en
la Villa.
El
documento, al que le falta el día exacto, comienza así: Yo Blas
de Boli mancebo
(soltero)labrador
y vecino de la villa de Hecho, mayor de edad de veinte años...Por
quanto Maria Xironza
mi tia y señora ya difunta, vecina que fue de la misma villa por su
ultimo testamento me dejo de gracia especial para disponer de el a mi
voluntad el quarto de cassa abajo confrontado, que hecho fue dicho
testamento en dicha villa de Hecho a 31 dias del mes de agosto del
año 1719 y por el Notario la presente escritura testificante
recibido y testificado a que me refiero.
Hasta
aquí, ya sabemos que Blas de Boli heredó
de su tía un quarto de
cassa. A diferencia de
la actualidad ( o no tanto) no sólo se podía ser propietario de una
vivienda completa, si no que era habitual la división de la misma
entre varios propietarios que la habitaban por cuartos, como vemos
con éste ejemplo.
Explica ahora Blas la
deuda que tiene y cómo la quiere liquidar: Y por quanto estoy
deviendo a Poncio Arnal vecino de dicha villa la
cantidad de quince libras jaquesas y no tengo otro medio para
pagarselas sino otorgarle consignacion del dicho quarto de cassa, que
es la cantidad que puede valer como me ha constado y consta por
tasacion y valuacion de Peritos, y deseando tenga el devido efecto.
15 libras jaquesas era una
cantidad considerable en la época. Desconocemos el origen de la
deuda, pero es de destacar que al igual que se hace actualmente, se
somete el bien objeto del pago a la evaluación de peritos.
Documento citado |
Sigue
ahora la descripción y la ubicación de dicho cuarto: Por tanto
de grado etc certificado etc assigno, consigno desde luego valida y
eficazmente en favor del dicho Poncio Arnal
para si etc a saber es el dicho quarto de cassa el qual esta entro y
en el suelo de debajo de la cassa de la propia habitacion de Antonio
Coarasa, pelayre
(trabajador o tejedor de lanas), habitante
en la dicha villa, que fueron de la dicha mi tia Maria
Xironza, sitas en dicha
villa en el barrio de Etdecho,
que consta de siete baras y tres palmos de largo, de tres baras y
media de ancho y de alto dos varas y un palmo y confronta con dichas
cassas, con un pajar de Vicente Mange,
y con calle publica…
Finalmente,
viene la dación en pago (que ya se ve que no se ha inventado en
nuestros tiempos): y esto
en pago de dichas quince libras jaquesas que le estaba deviendo, para
que haga de el a su voluntad como de bienes y cossa suya propia.
Felipe V |
Viene
a continuación un detalle curioso, pues sigue...Y
le asigno y consigno el dicho quarto de cassa con facultad de poder
abrir puerta hacia la calle.
O sea, que es evidente que el cuarto era interior y habría que
acceder a traves de otros de la casa. Y el permiso se lo da el hasta
entonces propietario, ni el concejo (ayuntamiento) ni el resto de
propietarios de la casa. Tiempos distintos, distintas normas.
Siguen
las cláusulas de obligación y seguridad acostumbradas, y firman
como testigos : Juan Miramon Ibort,
albañil y Pedro Lopez
mancebo labrador habitantes en dicha villa de Hecho.
Reina
en el país Felipe V, primer rey de la dinastía de Borbón, tras
haber vencido en la llamada Guerra de Sucesión que ensangrentó
España y parte de Europa durante 12 años, y en su nombre en Aragón,
Lucas de Spínola y Spínola como Capitán General tras eliminar
además de los Fueros de Aragón, la figura del Virrey.
Me encanta, la cantidad de detalles que se pueden entresacar...
ResponderEliminarMuy interesante
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