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viernes, 12 de agosto de 2016

AÑO 1697. LECTURA PÚBLICA DE UNA BULA PAPAL EN LA IGLESIA DE ECHO


Del incansable amigo Javier Regla es éste documento notarial encontrado en el Archivo Histórico Provincial de Huesca, datado el 16 de Noviembre de 1697 en el que se da cuenta de que

 “dentro la Iglesia parrochial despues del ofertorio de la missa parroquial, mossen francisco Blazquiz moreno Presbitero Sacristan de dicha iglesia domiciliado en dicha villa de Echosubió al pulpito de aquella, y estando en el, presentes yo el notario y testigos infrascriptos, teniendo en las manos unas originales Bulas Apostholicas siquiere Ponteficias;


Original citado AHPH. Foto: J. Regla
Dijo en alta e inteligible voz al Pueblo que aquella bula era la gracia que su santidad avia hecho de la vicaria de dicha iglesia al Licenciado Juan francisco Marraco por averla permutado Mossen Thomas Larripa Presbitero vicario que fue de dicha iglesia por una capellania que tenia el dicho mossen Juan francisco Marraco con decreto y permisso de su santidad

Y que si alguna o algunas personas de dicha villa sabian y tenian noticia que en dicha permuta de vicaria por Capellania avia o se esperaba aver algun frau, dolo explicito o implicito de simonía por drecho y sagrados canones reprobado, lo manifestara al Juez comissario apostholico de dichas bulas y sin dilacion alguna

De las quales cosas y cada una dellas Instado y requerido por parte del dicho mossen Juan francisco Marraco Presbitero vicario sobredicho hize y testifique de todo ello acto publico. Fiat large.
Antigua bula papal

Testes; Miguel Mange y Thomas Fonz menor, labradores vecinos de dicha villa de Hecho

Las bulas son documentos religiosos emitidos por la Cancillería Apostólica pontificia sobre temas de la administración papal. En éste caso, se trata de una permuta que realizan dos eclesiásticos (de apellidos chesos) que se cambian una vicaría por una capellanía, y la bula da la correspondiente autorización a dicha permuta.

Inocencio XII
No eran temas menores, pues cada uno de esos cargos religiosos solían tener asociadas unas rentas de mayor o menor importancia. Además del permiso papal, era requisito su lectura pública para que quien conociera que había habido en la transacción simonía (beneficio o prebendas por la venta de los cargos) pudiera denunciarlo públicamente.

Salvo quien estuviera perjudicado directamente, pocos se atrevían y menos en público a denunciar una práctica que era corriente en la iglesia católica de aquellos tiempos.

Reinaba en España el desgraciado Carlos II, “el Hechizado”, mejor dicho, sus asesores y consejeros entre los que abundaban los eclesiásticos, y era Papa el napolitano Inocencio XII y obispo de Jaca, Miguel de Frías Espinel. Eran tiempos de oscurantismo, fanatismo religioso y represión.


No consta que nadie en la iglesia de San Martín de Echo, contradijera la bula papal.


Carlos II en misa en el Escorial






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