Desde este blog se pretende difundir la historia, el arte, la cultura y la naturaleza de la villa y del valle de Echo, uno de los enclaves pirenaicos de Aragón, más hermosos y dinámicos. Su pasado, presente y futuro merecen la pena conocerse y compartirse. Con mi admiración , cariño y la mayor modestia.

viernes, 15 de septiembre de 2017

AÑO 1721. EL CONCEJO DE EMBÚN PROHIBE LA VENTA DE PROPIEDADES A FORASTEROS



El Concejo de Embún, alarmado por las ventas de bienes a forasteros, lo que considera perjudicial  para la localidad, se reúne para acordar unas normas que impidan que se sigan produciendo dichas ventas. Como era habitual, los suponemos reunidos en el atrio de la Iglesia parroquial de San Martin y toman los siguientes acuerdos:

..."convocado el concejo de Embún digeron que atendido y considerado se subseguian al dicho concejo muchisimos perjuicios e inconvenientes por las enagenaciones de bienes raices que algunos vecinos y habitadores (como ya hemos comentado en otras entradas,  existía diferencia de derechos entre quienes tenían la condición de vecinos y los que sólo eran habitantes) de dicho lugar hacian e intentaban hacer en favor de algunos particulares y comunidades no vecinos ni habitadores de dicho lugar de Embún , por lo que se dejan patentemente conocer los referidos perjuicios y deseando evitarlos para la mayor utilidad, provecho y conveniencia de todos determinaron lo siguiente:


Primeramente que ningún vecino ni habitador de dicho lugar de Embún pueda vender, empeñar ni enagenar en favor de cualquier persona o personas, puestos, colegios, comunidades y universidades de cualquiere estado y condicion sean que no fueren a propios vecinos y habitadores del mismo lugar de Embún , campos, viñas, huertos ni otros qualesquiere bienes sitios sin que primero se pida licencia en pleno concejo.

Se limita la libertad de comercio, pero se deja la puerta abierta a posibles aprobaciones por parte del concejo, es de suponer que de no haber nadie de la localidad interesado o no llegarse a acuerdos. Siguen las medidas, ahora ya sancionadoras:

Ittem que si lo contrario algun vecino o habitador de dicho lugar executasse en qualquier manera tenga perdidas la heredad o heredades que hubiere enagenado pues por el presente pacto declaraban y declararon sean nulos y de ningun efecto los actos que en razon de ello se hicieren, o se hubieren hecho, y amas tenga de pena el fractor (infractor) cinquenta libras jaquesas  executandose todo lo sobredicho privilegiadamente a beneficio de dicho concejo , y treinta dias de carcel. 
Resumiendo: nulidad de la venta, multa y cárcel.

De paso acuerdan también sobre quien quiera adquirir la condición de vecino, lo siguiente: Ittem por quanto tambien se desea sobre las personas que quisieren ser vecinos del dicho lugar determinaban y determinaron que qualquiere persona que pretenda ser vecino del dicho lugar sea propuesto en publico concejo y devera en tal caso ser admitido a mayor numero de votos y no de otra manera , y asi sucedido devera estar el que assi hubiere entrado a las obligaciones que incumben a los demas vecinos del dicho lugar de Embun, deviendose entender todo lo arriba dicho y estipulado desde oy dia deste otorgamiento en adelante , quedandose con la facultad de añadir y quitar segun fuese conveniente a dicho concejo en y acerca de todo lo arriba dicho y expressado; exquibus. Fiat large.
Ejemplo de auténtica democracia vecinal....

Firman como testigos,...mossen Francisco Susan y mossen Francisco Gan , presbiteros domiciliados en dicho lugar de Embun.

Felipe V
Estamos en 1721, reina en España Felipe V, el primero de la dinastía borbónica instaurada tras la Guerra de Sucesión y gobierna el Reyno de Aragón en su nombre, el comandante general Marqués de Caylús, teniente general francés al servicio de la Casa de Borbón, tras ser abolidos los Fueros de Aragón y entre los mismos el cargo de Virrey.

El documento se encuentra en el Archivo Histórico Provincial de Huesca, y de nuevo ha sido transcrito y aportado por Javier Regla, cazador de historias chesas.


Aprovecho para recomendarles a mis amigos con propiedades en Embún, que no son vecinos, que comprueben que éste acuerdo del concejo no está en vigor legalmente, pues ya saben lo que podría sucederles a ellos y a los que les vendieron. (Por supuesto, es broma...¿o no...?)

Documento original

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