Desde este blog se pretende difundir la historia, el arte, la cultura y la naturaleza de la villa y del valle de Echo, uno de los enclaves pirenaicos de Aragón, más hermosos y dinámicos. Su pasado, presente y futuro merecen la pena conocerse y compartirse. Con mi admiración , cariño y la mayor modestia.

domingo, 22 de octubre de 2023

AÑO 1501. EN SIRESA, SE ACUERDA EN CAPITULACIÓN UN DOBLE MATRIMONIO DE DOS PAREJAS DE HERMANOS

 



El 13 de Junio del año 1501, ante el notario Martín Aznárez, se acuerda un doble matrimonio, estableciendo así mismo las dotes correspondientes. El documento contiene alguna curiosa cláusula que comentaremos. 

Comienza así: Eadem die como matrimonio sea tractado concordado entre Johan Benedet et Lena Layn fija de Johan Layn e de Ginta Brun habitantes en el lugar de Siresa con voluntat et expreso consentimiento del dicho Johan Layn et Ginta Brun coniudges et de otros parientes se concluyo el dicho matrimonio.

Tras el acuerdo de realizarse la boda, se detalla la correspondiente dote que aporta la novia  pero no la mencionan como dote, sino como ayuda al matrimonio: Et los dichos Johan Layn et Ginta Brun donan en aiuda del dicho matrimonio a la dicha Lena Layn con el dicho Johan Benedet proter nupcias (propter nupcias: donación hecha a favor de uno o ambos cónyuges , en consideración al matrimonio que van a celebrar)XXXX cabeças de ganado menudo de lana de parage mas una camenya de ropa (ropa de cama) y hun campo sito en el Campo Daiegua (actualmente Campo Yegua) termino de Siresa affruenta con campo de Sant Per et campo de Aznar de Jassa.


Siresa

Tras éste acuerdo de boda  se pacta otro más, entre el hermano de la novia, con la hermana del novio, pero con algunas consideraciones, ya que de momento el futuro contrayente es menor de edad:

Item lo mesmo Johan Layn et Ginta Brun coniudges se offrecieron y se obligaron de casar a Johan Layn su fijo toda ora quel fuese de hedat con Maria Benedet hermana del dicho Johan Benedet et los dichos Johan Layn et Ginta Brun acabandose el dicho matrimonio de los sobredichos mandaron a su fijo Johan Layn  las casas suyas propias donde viven que affruentan con vias publicas de dos partes y estas casas le dan concluyendose el dicho matrimonio para empues dias dellos y mas le mandan XXXX cabeças de ganado menudo suyos propios. Item le mandan una camenya de aropa y diez juntas de tierra hun campo sito en Vordesperal (¿Valdespetal?) affruenta con campo de Garcia Cenarbe y otro campo en la Fuen de Aruz (¿Fuente La Cruz?)  affruenta con campo de Sancho Ferrer .




Así pues tras darle la ayuda a la hija, establecen la de la futura boda del hijo, al que le dan además del ganado, la ropa de cama y los campos, las viviendas en las que habitan los padres una vez se celebre la boda y el niño tenga la edad para ello. Pero, por si acaso al crecer el chaval no le apetece casarse con la novia con la que le han comprometido...

...si el no se queria ir con ella que en tal caso lo desafillasen  (desafiliar, deshijar, figura jurídica que se establecía ante notario y que normalmente venía acompañada de desheredar a un hijo o hija por causas justas, lo que se hacía en el testamento) y que no le dasen bienes ningunos y que a la María Benedet que en tal caso no se le ocupase juramiento ninguno de lo que han fecho a casarse con el dicho Johan Layn antes bien quisieron se podiese casar a su libertat con quienquiere quella quisiese. 

Menos mal. Es decir, si el novio forzoso no quería casarse lo deshijaban y lo desheredaban pero a la novia se le perdonaba el juramento hecho y se le daba libertad para casarse con quien quisiera. Faltaría. 

Et la dicha Maria Benedet traye en dot e matrimonio con el dicho Johan  todos aquellos bienes que su padre le lexo en fin de sus dias y mas una iegua que le manda su hermano Johan . 



Por si la cosa seguía adelante, se establece la dote de la novia que son los bienes que le dejó su padre, que desconocemos cuáles son, y una yegua que le da su hermano.

Et juraron todos sobre la cruz de tener et complir la sobredicha capitulacion dius obligacion de todos sus bienes. Fiar large.

Et el dicho Johan Layn menor de dias juró sobre la cruz que lohava y aprobava todas y cada unas cosas que los dichos su padre y madre havian fecho.

Así pues, el novio forzoso, a pesar de ser menor de edad, jura y se compromete con todo lo que han decidido sus padres. ¡Cualquiera no lo hacía con las consecuencias de ser desheredado y deshijado!.

Fueron testigos: Anthon Aznarez mayor e Arnaut de Pasarit habitantes en la villa de Echo.

En aquél año era rey de Aragón Fernando II que reinaba también en Castilla junto a Isabel I y se conocían como los Reyes Católicos.

Fernando II de Aragón.

El documento se encuentra en el Archivo Histórico Provincial de Huesca y fue publicado por Manuel Gómez de Valenzuela en el libro Capitulaciones Matrimoniales de la Jacetania (1441-1811) de la Colección Documental del El Justicia de Aragón en Zaragoza en 2009.




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